Y es que una vez recibidos y admitidos
a trámite el recurso de inconstitucionalidad y la impugnación planteados por el
Gobierno español, el Tribunal Constitucional ha dictado dos providencias: una,
suspendiendo la Ley de Consultas catalana que servía de marco legal para la
consulta sobre el futuro de Cataluña, y la otra, precisamente, suspendiendo el
Decreto del Presidente de la Generalitat que convocaba la famosa consulta.