Quizás la entrada del nuevo año nos haya servido de estímulo
para emprender. Si nos sentimos creativos o agudizamos nuestro ingenio con un
proyecto nada común que suponga una buena invención... debemos protegerlo.
Todos
tendremos más o menos claro que el procedimiento para su protección será
mediante la patente. Una patente es un título que reconoce el derecho de
explotar en exclusiva la invención, impidiendo a otros su fabricación, venta o
utilización sin consentimiento del titular.
No obstante, no todas las invenciones son susceptibles de ser
patentadas, ya que se necesita una serie de exigentes requisitos para proteger
por este sistema.
Descartada la vía de la patente, se nos abre otra posibilidad
para proteger nuestro “invento”: el modelo de utilidad. Igualmente, por el
modelo de utilidad se permite al inventor de un producto explotarlo en
exclusiva, de modo que se impide a otros utilizar comercialmente el producto
sin el permiso de quien registra esa invención. El modelo de utilidad rige específicamente por la Ley
11/1986, de 20 marzo, de Patentes.
La gran diferencia entre una patente y un modelo de utilidad
radica en que este último se vale de un producto ya inventado al que le da una
nueva configuración, estructura o constitución que le proporciona una ventaja
para su uso o fabricación, mientras que la patente supone una novedad
industrial de mayor calibre. Existen muchas más diferencias entre la patente y
el modelo de utilidad, que resumiremos en las siguientes ventajas del modelo
frente a la patente:
- Tramitación breve (entre 6 y 8 meses). Hay que cumplimentar una instancia muy simple donde, básicamente, se describa la invención mediante dibujos y reivindicaciones. Admitida a trámite y una vez publicada la solicitud se abre un plazo de oposición de dos meses. Si nadie presentara oposición se concede el modelo de utilidad.
- Requiere tan solo novedad nacional. De este modo nos ahorramos la costosa tarea de investigar en todo el mundo si nuestra creación ya ha sido registrada por otra persona, como ocurre para el caso de la patente.
- Tasas más económicas a pagar. En el caso de un modelo de utilidad, la solicitud supone alrededor de 100 euros. Estas tasas son independientes del campo técnico o de la complejidad de la invención que se quiere registrar. De todos modos patentar un producto siempre será mucho más costoso.
- La vigencia máxima es de 10 años. Ese es el periodo por el que podremos explotar en exclusiva nuestro invento, transcurrido ese plazo, este pasará a ser de dominio público. ¿Es suficiente tiempo para sacar un importante beneficio?
- Es la modalidad preferida y más
utilizada en la práctica por PYMES y pequeños inventores.
La conclusión que obtenemos de estas ventajas es que el
modelo de utilidad es más rápido y económico, cualidades estas que son las más demandadas
en el actual tráfico comercial y la vida en general. Ya sabes, patentar no es la única
vía para registrar.
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